martes, 28 de julio de 2015

JUNTAS DE DISTRITO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA




Las Juntas Municipales de Distrito

 



Nacen con la entrada en vigor de La Ley de Medidas para la Modernización del Gobierno Local. Son órganos de gestión desconcentrada que posibilitan la participación de los ciudadanos en el gobierno y la administración de la Ciudad, sin perjuicio del mantenimiento de la unidad de gestión del gobierno municipal. Ostentará las competencias que expresamente le atribuya el Alcalde y, en su caso, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, en los términos y con el alcance que establezca el decreto o el acuerdo de delegación.
 
 
 
DISTRITOS :
 
La Junta Municipal de Distrito estará compuesta por:
  • El Concejal Presidente de Distrito, que actuará de Presidente de Junta Municipal del Distrito
  • El Concejal Vicepresidente del Distrito
  • Los vocales representantes de los vecinos. Se establece para cada Distrito un número de vocales en función de la población que la integra conforme a la siguiente escala:
    • Hasta 50.000 habitantes: 11 vocales.
    • De 50.001 hasta 100.000 habitantes: 13 vocales.
    • De 100.001 en adelante: 15 vocales.
    • El Director del Distrito, que actuará de Secretario de la Junta.
SESIONES
La Junta de distrito celebrará como mínimo con una sesión ordinaria cada dos meses, pudiendo convocarse sesiones extraordinarias siempre que fuese preciso, a iniciativa de cualquiera de los siguientes órganos o autoridades:
  1. El Concejal Presidente.
  2. La mayoría absoluta de los vocales.
  3. El Alcalde de la Corporación.
COMPETENCIAS
  • Seguimiento de la actuación municipal en el distrito.
  • Acordar la elevación a otros órganos municipales de las aspiraciones del vecindario en materias de interés del distrito o que sean esenciales o relevantes para todo el municipio.
  • Fomentar las relaciones del Ayuntamiento con todas las entidades asociativas del distrito.
  • Fomentar los cauces de participación ciudadana en el Distrito.
  • Promover la programación de los objetivos del distrito, los planes de actuación del mismo y la asignación de los recursos necesarios para su ejecución, de acuerdo con las normas presupuestarias correspondientes, pudiendo al efecto adoptar el acuerdo-propuesta que corresponda.
  • Informar el proyecto anual de los Presupuestos Municipales, y especialmente de los proyectos y partidas que se gestionen directamente desde el Distrito.
  • Trasladar a la Junta Local de Seguridad los problemas de seguridad ciudadana del Distrito
  • Trasladar a la Administración competente por razón de la materia las propuestas de mejoras en los centros y equipamientos del Distrito, dando traslado a los órganos municipales que tienen atribuciones para satisfacerlas
  • Proponer mejoras en la gestión de los equipamientos que dependen de las áreas de gobierno.
  • Emitir su informe en la evaluación de la ejecución de los diferentes planes de actuación y proyectos municipales que tengan como ámbito el distrito, así como en el control de eficacia respecto de la actuación de los mismos.
  • Formular propuestas de normas de régimen interno elevándolas al Pleno de la Corporación para su pertinente aprobación.
  • Elevar propuestas de acuerdo para su consideración por los órganos colegiados municipales, así como de resoluciones de los órganos de gobierno unipersonales.
  • Promover y ordenar la elaboración de estudios sobre las necesidades de los distritos en el respectivo ámbito territorial.
  • Solicitar información a los órganos de gobierno del Ayuntamiento sobre antecedentes que tengan relación con las materias de su competencia.
  • Examinar las peticiones e iniciativas individuales y colectivas de los vecinos y, tras emitir informe no vinculante, proponer a los órganos de gobierno municipal la solución que corresponda.
  • Velar por que se facilite a todos los vecinos la máxima información y difusión de la gestión municipal en el distrito a través de los medios de comunicación y telemáticos que se estimen más convenientes.
  • Aprobar el presupuesto del distrito, cuando le corresponda la distribución de los fondos asignados o, en su caso, formular la correspondiente propuesta al respecto.
  • Garantizar la solidaridad y equilibrio entre los diversos barrios que integren su ámbito territorial de actuación

No hay comentarios:

Publicar un comentario